Calle del Plata,2
28944 Fuenlabrada (MADRID)
TEL: 91 690 53 63 | FAX: 91 606 61 02 | www.asempyme.com
NIF: B28832798
PLAZO DE PRESENTACIÓN: desde el 02-Enero-2017 al 20-Enero-2017.
Recordamos que las declaraciones con resultado A INGRESAR que vaya a ser domiciliado en cuenta, deberán presentarse antes del 15-Enero-2017.
Recomendamos que nos aporten la documentación necesaria para la tramitación de sus declaraciones lo antes posible, durante los primeros días del mes de Enero.
Esta obligación implica que todos los escritos y comunicaciones que se pretendan dirigir a cualquier organismo de la Administración Pública y también cualquier notificación que se esté obligado a recibir, deberán realizarse a partir de este momento por medios electrónicos, por lo que se establece necesaria la obtención de certificado electrónico digital. En este mismo sentido, el art. 59.bis de la Ley sobre Tráfico establece asignar una DIRECCIÓN ELECTRÓNICA VIAL de obligatoria suscripción donde le notificarán telemáticamente las sanciones de tráfico (se elimina el tradicional sistema de notificación a través del correo ordinario). Para la oportuna alta en la DEV se accederá a través de la Sede Electrónica de la D.G.T.
El art. 7 de la Ley 7/2012 de 29 de Octubre estableció que no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera. Aunque aún no ha sido publicado, se prevé que, con fecha de efecto 01/01/2017, este límite se rebajará a la cantidad de 1.000 euros.
Como siempre, desde Asempyme & Consulting estamos a su disposición para lo que necesite.
Si tiene cualquier duda sobre cualquier punto de esta circular informativa, no dude en ponerse en contacto con nosotros por e-mail, teléfono o en nuestras oficinas.
Atentamente,
Alfredo Pereira
Director General